En el Boletín Oficial del Estado del 23 de septiembre de 2020 (con entrada en vigor el 13 de octubre), se ha publicado el Real Decreto Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de Trabajo a Distancia.

La norma, en su artículo 1º, dispone que su ámbito de aplicación será el de las relaciones de trabajo “… en las que concurran las condiciones descritas en el artículo 1.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, …”.

Por tanto, si bien resulta de aplicación al personal laboral de las Administraciones Públicas, no lo es para el personal funcionario, que aún deberá esperar a que se pacte una norma análoga.

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