El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 30 de Madrid, en Sentencia de 9 de junio de 2022, estima el recurso interpuesto por este Despacho y reconoce el derecho de un funcionario Policía Local a que su orden en el escalafón venga determinado por la antigüedad, entendida esta como la totalidad de los servicios reconocidos en otras Administraciones Públicas como Policía Local. Recoge así la Sentencia:
“Es por ello que no se halla debidamente justificado por la Administración demandada que se aplicaran al recurrente los criterios en razón de los cuales se estableció el orden en el Escalafón del Cuerpo de la Policía Municipal de Alcorcón, determinados mediante Acuerdo de fecha 07.09.2018; criterios que deberían haber sido aplicados a los miembros de nueva incorporación, según se desprende del tenor literal del mencionado Acuerdo, pero no para posicionar a quienes ya pertenecían al Cuerpo de la Policía Municipal y contaban con una antigüedad reconocida por la propia Administración, como ocurría en el caso del demandante, al que le había sido reconocida la antigüedad desde el 01.02.2006 mediante Decreto de fecha 14 de enero de 2008, conforme a lo establecido en el artículo primero de la Ley 70/1078 “.