El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid nº 1, en Sentencia de 16 de diciembre de 2019, estima el recurso interpuesto por este despacho en relación con la cotización a la Seguridad Social de una funcionaria de carrera en la situación administrativa de servicios especiales.

Recoge dicha Sentencia que “si a los funcionarios en situación de servicios especiales se les debe de computar el tiempo que estén en dicha situación, a efectos de derechos en el régimen de Seguridad Social, irremisiblemente la Administración de origen les debe mantener de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, y no darle de baja …”.

Termina la Sentencia anulando la Resolución recurrida, reconociendo el derecho de la recurrente a que la Administración demandada comunique su alta en la Seguridad Social, así como a actualizar las cotizaciones que no se hayan realizado, con condena en costas a la Administración.

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