El funcionario que desempeña de forma continuada, un puesto de trabajo cuyas retribuciones complementarias son superiores a las del suyo, tiene derecho a percibir las retribuciones complementarias del puesto ejercido verdaderamente.

El funcionario que desempeña de forma continuada, un puesto de trabajo cuyas retribuciones complementarias son superiores a las del suyo, tiene derecho a percibir las retribuciones complementarias del puesto ejercido verdaderamente.

Así lo declara el TS en Sentencia 2/2018, de 18 de enero de 2018, dictada en el recurso 874/2017, en la que se dispone: “CUARTO.- El juicio de la Sala. La estimación del recurso de casación. Nadie ha discutido en todo el litigio que, efectivamente, existe una...